Los Delitos de Omisión
En esta obra se detalla y valora críticamente la discusión histórica desarrollada para el ámbito de los delitos de omisión. El Código penal señala que no sólo la acción, sino también la omisión, pueden originar la tipificación de un delito penado por la ley. Se ha venido considerando que las omisiones que no precisan de la producción de un resultado y se encuentran castigadas por la ley, dan lugar a los denominados delitos de omisión propia, caracterizados porque la tipicidad se origina con la no realización de la acción ordenada en la norma y que consiste fundamentalmente en la amenaza de un peligro para el bien jurídico del que se trate. Ahora bien, el gran problema se plantea cuando -en los delitos de omisión no específicamente regulados por la ley penal- la no evitación de un resultado típico debe equiparase a su producción mediante un hacer positivo. Analizaremos todas las dificultades que plantea la discusión sobre estos problemas de enorme trascendencia penal desde sus orígenes, complementándolo con su alcance en la jurisprudencia vigente.
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